Puede que estés leyendo esto desde el móvil, en la sala de espera de una comisaría, o que acabes de recibir una llamada en la que alguien de tu familia te dice que lo han detenido sin apenas tiempo para explicarte por qué. En los dos casos la sensación se parece mucho: todo va muy deprisa, nadie te cuenta qué viene después y cuesta saber qué decisión tomar primero.
Las primeras horas de una detención son las que más condicionan lo que pasa después, porque en ellas se decide si se declara o no, quién asiste al detenido y qué llega a la mesa del juez de guardia. Por eso conviene entender cuanto antes qué derechos existen, cuánto tiempo puede durar la situación y qué puede hacer la familia desde fuera mientras tanto.
Qué significa estar detenido y qué no significa
Estar detenido significa que la Policía Nacional, la Guardia Civil o la Policía Local te han privado de libertad de forma provisional porque creen que puedes haber participado en un delito, y que tienen la obligación de dejarte en libertad o ponerte a disposición de un juez dentro de un plazo limitado. No significa que te hayan condenado, ni siquiera que vaya a haber juicio, ya que muchas detenciones terminan con la persona en libertad ese mismo día o al siguiente, con o sin medidas cautelares.
Tampoco es lo mismo que recibir una citación. Cuando a alguien lo citan como investigado, sigue en su casa y acude al juzgado o a la comisaría en la fecha indicada, mientras que en una detención el procedimiento empieza con la persona bajo custodia y los plazos se cuentan en horas. Si lo tuyo es una citación, lo explicamos en detalle en qué hacer si te han citado como investigado en Alicante.
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Tus derechos desde el primer minuto de la detención
El artículo 520 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal obliga a informar al detenido por escrito, en un lenguaje sencillo y en una lengua que comprenda, de los hechos que se le atribuyen, de las razones de la detención y de los derechos que tiene. Esos derechos no dependen de que los pidas, porque existen desde el momento en que te detienen, y el acta de lectura de derechos que te hacen firmar es la constancia de que te los han comunicado.
Derecho a guardar silencio y a no declarar contra ti mismo
Puedes no declarar, no contestar a algunas preguntas o decir que solo declararás ante el juez, sin que nada de eso pueda tratarse como una confesión. Tampoco estás obligado a declarar contra ti mismo ni a reconocerte culpable. Acogerse a este derecho en comisaría hasta haber hablado con el abogado es una decisión frecuente y razonable, porque lo que se dice en esas horas, con nervios y sin conocer lo que recoge el atestado, queda por escrito y viaja con el expediente hasta el juzgado.
Derecho a saber por qué te detienen y a acceder a lo esencial del atestado
Además de conocer los hechos y los motivos de la detención, tienes derecho a acceder a los elementos de las actuaciones que sean esenciales para impugnar su legalidad. No equivale a ver todo el expediente, pero sí a disponer de lo necesario para que tu abogado pueda valorar si la detención está justificada y si se está practicando como marca la ley.
Derecho a un abogado, de confianza o de oficio
Puedes designar al abogado que quieras y, si no lo haces, el Colegio de Abogados de Alicante te asigna uno del turno de oficio. El abogado tiene que acudir en un plazo máximo de tres horas desde que recibe el encargo, y salvo en los delitos contra la seguridad vial no puedes renunciar a su asistencia. La diferencia entre una opción y otra es una de las decisiones que más dudas generan, así que le dedicamos un apartado propio un poco más adelante.
Derecho a avisar a un familiar o a la persona que elijas
Tienes derecho a que se comunique, sin demora injustificada, a un familiar o a la persona que indiques que estás detenido y dónde te encuentras, y también a hablar por teléfono con alguien de tu elección, aunque esa llamada se hace en presencia de un agente. Si eres extranjero, puedes pedir además que se informe a las autoridades consulares de tu país.
Derecho a intérprete y a reconocimiento médico
Si no hablas o no entiendes bien el castellano, tienes derecho a un intérprete gratuito, también para hablar con tu abogado. Y tienes derecho a que te reconozca un médico forense, algo especialmente importante si tienes lesiones, tomas medicación o la detención se produjo con uso de la fuerza, porque ese reconocimiento deja constancia de tu estado.
Derecho a pedir el habeas corpus
Si consideras que la detención es ilegal, porque no hay motivo para ella, porque se están superando los plazos o porque no se están respetando tus derechos, puedes solicitar el procedimiento de habeas corpus para que un juez revise tu situación de inmediato. Pueden pedirlo tú mismo, tu pareja, tus padres, hijos o hermanos, y el juez tiene que resolver en un plazo máximo de 24 horas.
Cuánto tiempo puedes estar detenido: el límite de 72 horas
La Constitución y la Ley de Enjuiciamiento Criminal establecen que la detención no puede durar más del tiempo estrictamente necesario para averiguar los hechos, y fijan un límite máximo de 72 horas, pasadas las cuales la persona tiene que quedar en libertad o ser puesta a disposición judicial. Las 72 horas funcionan como un techo y no como el tiempo habitual, de modo que si la policía termina sus diligencias antes, tiene que dar el paso antes.
En la mayoría de casos el paso por comisaría se resuelve entre unas horas y el día siguiente, aunque influyen la hora a la que se produce la detención, el tipo de delito y las diligencias que queden pendientes. Existen excepciones muy limitadas, como los delitos de terrorismo, en los que el plazo puede prorrogarse con autorización judicial, pero no son las situaciones con las que se encuentra la gran mayoría de familias.
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De la comisaría al juzgado de guardia de Alicante, paso a paso
En comisaría: lectura de derechos, reseña y declaración policial
Al llegar a dependencias policiales te leen los derechos y te piden que firmes el acta, te hacen la reseña (fotografías y huellas) y te retiran objetos personales, como el móvil o el cinturón, mientras dura la custodia. Si la detención la practicó la Policía Local, lo habitual es que te entregue a la Policía Nacional o a la Guardia Civil, que son quienes instruyen el atestado. Después la policía puede ofrecerte declarar, y conviene recordar que esa declaración solo puede hacerse con abogado presente y que tienes derecho a no prestarla.
La entrevista reservada con tu abogado
La ley te permite hablar en privado con tu abogado antes de declarar ante la policía y también antes de hacerlo ante el juez, sin agentes delante. En esa conversación el abogado te explica de qué se te acusa, qué sabe del atestado y si en tu caso conviene declarar o guardar silencio, y es la razón principal por la que importa tanto quién te asiste en esas horas.
El paso a disposición del juez de guardia
Cuando la policía cierra el atestado, te traslada al juzgado de guardia del partido judicial donde se produjo la detención. En Alicante ciudad, los juzgados de instrucción están en el Palacio de Justicia de Benalúa, en la calle Pardo Gimeno, mientras que si la detención fue en otro municipio de la provincia, como Elche, San Vicente del Raspeig o Benidorm, el competente es el juzgado de guardia de ese partido judicial. Los casos de violencia sobre la mujer pasan por el juzgado especializado o, fuera de su horario, por el que esté de guardia. Allí el juez, con el fiscal y tu abogado presentes, te toma declaración y decide qué ocurre a continuación.
Qué puede decidir el juez: libertad, medidas cautelares, prisión provisional o juicio rápido
Tras la declaración, el juez de guardia puede acordar varias salidas, y entender cuál es la más probable en tu caso es una de las primeras cosas que tu abogado tiene que explicarte con claridad:
- Libertad sin medidas, cuando no aprecia motivos para imponer restricciones mientras sigue la investigación.
- Libertad con medidas cautelares, como presentarse periódicamente en el juzgado, entregar el pasaporte o no acercarse ni comunicarse con una persona concreta.
- Prisión provisional, que es la medida más grave, solo puede acordarse si la pide una acusación tras una comparecencia específica y la ley la reserva para supuestos concretos, como el riesgo de fuga o de destrucción de pruebas.
- Juicio rápido, cuando los hechos son sencillos y están claros, de manera que el procedimiento puede avanzar en días e incluso cerrarse en el propio juzgado de guardia con una conformidad que reduce la pena en un tercio. Lo explicamos en cómo funciona un juicio rápido en Alicante.
Abogado de oficio o abogado de confianza: qué cambia en las primeras horas
Los abogados del turno de oficio que cubren las guardias de detenidos en Alicante tienen formación específica para ello y cumplen una función imprescindible, porque garantizan que nadie pase por una comisaría sin defensa. La diferencia con un abogado de confianza no está en la preparación, sino en quién elige, con cuánto margen se llega al caso y quién lo sigue después: con el de oficio no decides tú, y con uno de confianza eliges a alguien con quien vas a poder hablar a lo largo de todo el procedimiento.
Hay además un malentendido muy extendido, que es pensar que el abogado de oficio siempre es gratis. Solo lo es si se te reconoce el derecho a la asistencia jurídica gratuita, que depende sobre todo de tus ingresos y los de tu unidad familiar, y si no cumples los requisitos tendrás que abonar sus honorarios igualmente. Por otro lado, puedes cambiar a un abogado de confianza en cualquier momento, también durante la propia detención, sin que eso perjudique tu defensa.
Si el detenido es tu familiar: qué podéis hacer desde fuera
Cómo saber dónde está y por qué le han detenido
Lo normal es que la primera noticia llegue por la llamada que el propio detenido tiene derecho a hacer, o por el aviso que la policía da a la persona que él haya indicado. Si no sabéis a qué comisaría lo han llevado, podéis preguntar a la Policía Nacional o a la Guardia Civil según quién haya intervenido, aunque la información que se da por teléfono a los familiares suele ser limitada, y es un abogado designado quien puede obtener más detalle sobre los hechos y los tiempos.
Cómo designar un abogado particular sin estar dentro
La familia puede contactar con un abogado para que se presente en comisaría o en el juzgado como abogado de confianza del detenido, aunque la designación tiene que confirmarla el propio detenido, que es quien decide quién le defiende. Si ya le han asignado un abogado de oficio, el cambio puede hacerse igualmente, y cuanto antes se haga, más margen hay para preparar la declaración ante el juez de guardia.
Qué llevar, qué preguntar y qué no hacer mientras esperáis
Ayuda mucho tener localizados el DNI o NIE del detenido, la medicación que tome junto con su informe médico, y documentos que acrediten su arraigo, como el contrato de trabajo, el certificado de empadronamiento o el libro de familia, porque ante el juez sirven para argumentar que no existe riesgo de fuga. Conviene anotar dónde y a qué hora se produjo la detención y qué os han dicho sobre los hechos. Y hay cosas que no debéis hacer, aunque nazcan de las ganas de ayudar, como contactar con la persona denunciante o con los testigos, borrar mensajes del móvil o hablar del caso en redes sociales.
Situaciones frecuentes en Alicante que acaban en detención
Violencia de género o en el ámbito familiar
Tras una denuncia por violencia de género o doméstica, la detención del denunciado es una práctica habitual, y lo normal es que pase a disposición del juzgado de violencia sobre la mujer, que puede acordar una orden de protección en las primeras horas. Si consideras que la denuncia no se corresponde con lo que ocurrió, la forma de actuar en ese momento es determinante, y lo tratamos en qué hacer ante una denuncia falsa en Alicante.
Delitos contra la seguridad vial
Conducir con una tasa de alcohol superior a 0,60 mg por litro de aire espirado, negarse a hacer la prueba o conducir sin permiso son delitos, y en algunos casos terminan en detención, sobre todo cuando hay un accidente de por medio. Es el único supuesto en el que la ley permite renunciar a la asistencia del abogado, algo que conviene pensar dos veces, porque estos casos suelen ir a juicio rápido y las decisiones que se toman esa misma noche pesan mucho en el resultado.
Peleas, lesiones y altercados en zonas de ocio
Las detenciones por peleas o lesiones se concentran en las noches de fin de semana y en las zonas de ocio, como el casco antiguo, el puerto o la Playa de San Juan en verano. Suelen llegar con versiones enfrentadas, testigos que no siempre se localizan y grabaciones de cámaras que conviene solicitar pronto, antes de que se borren.
Hurtos, robos y requisitorias pendientes
Además de las detenciones por hurtos o robos en el momento, es frecuente que alguien sea detenido en un control rutinario porque tiene una requisitoria, es decir, una orden de búsqueda de otro juzgado, a veces por un procedimiento del que ni siquiera sabía que seguía abierto. En esos casos se le pone a disposición judicial para que el juzgado que lo reclama decida, y entender de dónde viene esa orden es lo primero.
Errores frecuentes en las primeras horas de una detención
Muchos de los problemas que luego cuesta resolver nacen en las primeras horas, y casi siempre de decisiones tomadas con la mejor intención:
- Querer aclararlo todo en comisaría, ya sea declarando sin haber hablado antes con el abogado o dando explicaciones informales a los agentes, que pueden acabar reflejadas en el atestado.
- Firmar documentos sin leerlos o sin entender lo que dicen, por las ganas de que todo termine cuanto antes.
- Renunciar al abogado en un delito de tráfico para salir antes, sin valorar las consecuencias de lo que se acepta esa noche.
- Que la familia contacte con la víctima o con los testigos, aunque sea para disculparse, porque puede interpretarse como una presión y empeorar la situación del detenido.
- Esperar a ver qué pasa en lugar de buscar abogado antes de la declaración ante el juez de guardia, que es donde se decide si la persona sale en libertad y con qué condiciones.
Cómo trabajamos cuando nos llaman por una detención
Cuando nos llama el detenido o, mucho más a menudo, un familiar, lo primero que hacemos es escuchar y recoger los datos básicos: dónde está la persona, a qué hora la detuvieron y qué se sabe de los hechos. A partir de ahí contactamos con la comisaría o con el juzgado para presentarnos como abogados de confianza, nos entrevistamos en privado con el detenido antes de que declare y le explicamos sin rodeos qué opciones tiene y cuál creemos que le conviene.
Le acompañamos ante el juez de guardia y defendemos que quede en libertad o con las medidas menos gravosas posibles, y después le contamos a él y a su familia qué viene a continuación y en qué plazos. Si vemos que una conformidad le beneficia más que ir a juicio, se lo decimos, y si pensamos que no lo hace, también. Llevamos 8 años defendiendo casos penales en Alicante con atención directa, sin que el caso vaya pasando de mano en mano, con comunicación por WhatsApp también fuera del horario habitual y con honorarios cerrados desde el primer día, para que el coste no sea una incógnita más en un momento que ya es bastante difícil.
Preguntas frecuentes
¿Me pueden tomar declaración en comisaría sin abogado?
No. La declaración del detenido ante la policía tiene que hacerse siempre con abogado presente, ya sea de confianza o de oficio, y la única excepción en la que se puede renunciar a esa asistencia son los delitos contra la seguridad vial. Además, tienes derecho a hablar en privado con tu abogado antes de declarar.
¿Puedo negarme a declarar ante la policía y hacerlo después ante el juez?
Sí. Puedes no declarar en comisaría y manifestar que solo lo harás ante el juez, sin que eso se considere una admisión de culpa. Es una opción habitual cuando todavía no se conoce bien el contenido del atestado o no se ha podido preparar la declaración con el abogado.
¿Cuánto tiempo puede estar detenido un familiar en Alicante?
El tiempo estrictamente necesario para las diligencias policiales y nunca más de 72 horas, pasadas las cuales tiene que quedar en libertad o ser puesto a disposición del juez de guardia. En la mayoría de casos el paso por comisaría dura bastante menos, entre unas horas y el día siguiente.
¿El abogado de oficio es gratis?
Solo si se reconoce al detenido el derecho a la asistencia jurídica gratuita, que depende principalmente de sus ingresos y los de su unidad familiar. Si no cumple los requisitos, tendrá que pagar los honorarios del abogado de oficio que le haya asistido.
¿Puedo cambiar el abogado de oficio por uno de confianza durante la detención?
Sí. Puedes designar un abogado de confianza en cualquier momento, también mientras estás detenido, y la familia puede contactar con él para que se presente, aunque la designación tiene que confirmarla el propio detenido.
¿Una detención deja antecedentes penales?
No. Los antecedentes penales solo se generan con una sentencia condenatoria firme, de modo que una detención por sí sola no los produce, aunque sí queda un registro policial de la intervención. Si ya tienes antecedentes y quieres cancelarlos, te lo explicamos en cómo cancelar antecedentes penales en Alicante.
Cuéntanos qué ha pasado
Si tú o alguien de tu familia estáis detenidos en Alicante, o acabáis de salir del juzgado de guardia y no sabéis qué viene ahora, llámanos al 623 752 498 o escríbenos por WhatsApp y te explicamos con calma en qué punto está el caso y qué opciones tienes. Primera consulta gratis y sin compromiso, y si decides que te defendamos, sabrás desde el primer día lo que te va a costar.
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