Si estás leyendo esto, lo más probable es que anoche o esta misma mañana te hayan parado en un control, hayas soplado dos veces y ahora tengas en la mano unos papeles con una tasa, una citación y bastantes más preguntas que respuestas. Lo primero que conviene saber es que no todas las alcoholemias acaban en un juzgado, porque la frontera entre una multa y un delito la marca una cifra concreta que aparece en esos papeles. Lo segundo es que, si te han citado para un juicio rápido, las decisiones importantes se toman en muy pocos días, a veces en la misma mañana de la guardia. Por eso merece la pena entender qué te puede pasar antes de presentarte ante el juez y que un abogado de alcoholemia en Alicante revise tu atestado antes de que aceptes nada.

Qué es la tarjeta comunitaria y qué te permite hacer en España

Los controles de alcoholemia en Alicante y en el resto de la provincia los hacen la Guardia Civil de Tráfico en carretera y la Policía Local dentro del casco urbano, y el procedimiento es el mismo en ambos casos aunque cambie el uniforme. Lo que ocurra en esas primeras horas queda por escrito, y ese papel es lo primero que revisamos cuando alguien nos llama al día siguiente.

Las dos pruebas de aire y tu derecho a pedir un análisis de sangre

Cuando la primera prueba da positivo, los agentes te piden una segunda prueba con un etilómetro evidencial, que es el aparato homologado cuyos resultados valen como prueba, y entre una medición y otra tiene que pasar un mínimo de 10 minutos. Las dos tasas quedan anotadas en el documento que te entregan, y es ese dato, no la impresión que te dieron los agentes, el que decide si estás ante una sanción administrativa o ante un procedimiento penal.

Además, tienes derecho a pedir una prueba de contraste, normalmente un análisis de sangre en un centro sanitario, si no estás de acuerdo con el resultado del etilómetro. Los agentes deben informarte de ese derecho, y si no lo hicieron o te lo negaron, es un detalle que puede pesar mucho en tu defensa, aunque conviene saber que, si el análisis confirma el positivo, su coste suele correr de tu cuenta.

Los papeles que te entregan y la citación para el juzgado de guardia

Si la tasa se queda en el terreno administrativo, recibirás una denuncia de tráfico con la multa y los puntos, y el asunto seguirá por la vía de la Dirección General de Tráfico. Si la tasa supera el límite penal o los agentes apreciaron síntomas claros, lo habitual es que te entreguen una citación para comparecer en el juzgado de guardia como investigado, muchas veces en un plazo de pocos días, y que el vehículo quede inmovilizado hasta que lo recoja otra persona que pueda conducirlo.

Todo lo que digas a los agentes y lo que observen sobre ti, desde cómo hablabas hasta si te costaba mantener el equilibrio, acabará en el atestado, que es el documento sobre el que el fiscal va a construir la acusación. Guarda cada papel que te hayan dado, aunque te parezca irrelevante, y no esperes a la víspera del juicio para enseñárselo a un abogado.

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    Multa o delito: la tasa marca la diferencia

    La pregunta que más nos hacen en las primeras llamadas es si lo suyo «es para juicio», y la respuesta depende casi siempre de la tasa que marcó el etilómetro y de lo que los agentes describieron en el atestado.

    De 0,25 a 0,60 mg/l: infracción administrativa, multa y puntos

    Con una tasa en aire espirado de entre 0,25 y 0,50 mg/l, la sanción es de 500 euros y la pérdida de 4 puntos, y si la tasa queda entre 0,50 y 0,60 mg/l, la multa sube a 1.000 euros con la pérdida de 6 puntos. Si ya te habían sancionado por alcohol en los doce meses anteriores, la multa es de 1.000 euros sea cual sea la tasa. En estos casos no hay juicio penal ni antecedentes, aunque la multa se puede recurrir si el procedimiento tiene defectos, y el pago en plazo voluntario te permite reducir el importe a la mitad, no así los puntos.

    Más de 0,60 mg/l o síntomas evidentes: delito contra la seguridad vial

    El artículo 379.2 del Código Penal castiga como delito conducir con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 mg/l o en sangre superior a 1,2 g/l. Hay una segunda vía que mucha gente desconoce, porque también es delito conducir bajo la influencia del alcohol con una tasa inferior, siempre que los agentes aprecien y describan síntomas que demuestren que tu capacidad para conducir estaba afectada, como un habla torpe, olor intenso, ojos enrojecidos o una conducción errática. En esta segunda vía, la forma en que se recogieron esos síntomas en el atestado es justo lo que más se discute en el juicio.

    Conductores noveles y profesionales: el límite de 0,15 mg/l

    Si llevas menos de dos años con el carnet o conduces de forma profesional, como transportistas, conductores de autobús, taxi o VTC, el límite administrativo baja a 0,15 mg/l en aire espirado. Para ti, una sola consumición puede ser suficiente para la multa, aunque el límite penal de 0,60 mg/l es el mismo que para cualquier otro conductor.

    ¿Ha bajado la tasa de alcoholemia en 2026?

    A día de hoy, no. El Ministerio del Interior y la DGT llevan tiempo impulsando una rebaja del límite general a 0,2 g/l en sangre, equivalente a 0,1 mg/l en aire, pero la propuesta no se ha publicado en el BOE y no es exigible, de modo que las tasas que sancionan los agentes siguen siendo las de siempre. Si llegara a aprobarse, afectaría al límite de la multa administrativa, mientras que el umbral del delito está en el Código Penal y necesitaría una reforma distinta.

    Qué familiares puedePenas por alcoholemia en el Código Penaln solicitarla

    Cuando la alcoholemia es delito, la condena tiene dos partes que se suman, y entender las dos es lo que permite valorar con calma si te conviene llegar a un acuerdo o ir a juicio.

    Prisión, multa o trabajos en beneficio de la comunidad

    El juez impone una de estas tres penas, a elegir según las circunstancias del caso: prisión de 3 a 6 meses, multa de 6 a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. En una primera alcoholemia sin accidente lo habitual es que se imponga la multa o los trabajos, y cuando hay prisión de corta duración en alguien sin antecedentes, en la mayoría de los casos se suspende y no se llega a entrar en un centro penitenciario. La multa no es una cantidad fija, porque se calcula por días y la cuota diaria se ajusta a tus ingresos.

    Retirada del carnet de 1 a 4 años y qué ocurre si pasa de 2

    Además de la pena anterior, siempre hay privación del derecho a conducir por más de 1 año y hasta 4 años, y esta es la parte de la condena que más complica la vida a quien necesita el coche para trabajar o para llevar a sus hijos al colegio. Si la retirada supera los dos años, el permiso pierde su vigencia, y para volver a conducir tendrás que hacer un curso de sensibilización y reeducación vial y superar de nuevo las pruebas para obtenerlo. Por eso, en muchos casos, el trabajo del abogado se centra en conseguir que la retirada se quede por debajo de ese umbral.

    Antecedentes penales: cuándo quedan y cuándo se cancelan

    Una condena por alcoholemia, incluida la que se acepta por conformidad en un juicio rápido, genera antecedentes penales. No son para siempre, porque se pueden cancelar una vez cumplida la pena y pasado el plazo que marca la ley, que depende de la condena impuesta, y si nunca has tenido otro problema, cancelarlos suele ser un trámite sencillo. Si necesitas ese certificado limpio para un trabajo o para un trámite, en nuestra página sobre cómo cancelar antecedentes penales en Alicante te explicamos los plazos y los pasos.

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      Negarse a soplar: un delito distinto y con más pena

      Hay quien piensa que, si no sopla, no hay prueba, y es justo al revés, porque negarse a la prueba de alcoholemia es un delito autónomo recogido en el artículo 383 del Código Penal, aunque luego se demuestre que no habías bebido. La pena es de prisión de 6 meses a 1 año y privación del carnet de más de 1 año y hasta 4 años, sin la alternativa de la multa o los trabajos que sí existe en la alcoholemia, de modo que en muchos casos negarse sale bastante más caro que haber dado positivo.

      Distinto es que no puedas hacer la prueba por un problema de salud, como algunas enfermedades respiratorias, y en ese caso lo correcto es decírselo a los agentes y pedir que la tasa se mida con un análisis de sangre, dejando constancia de todo en el atestado.

      El juicio rápido por alcoholemia en Alicante

      La mayoría de las alcoholemias penales se tramitan como juicio rápido, un procedimiento pensado para delitos sencillos en los que la prueba está prácticamente hecha desde el primer momento, y eso explica por qué la citación llega en cuestión de días.

      Qué pasa ese día en el juzgado de guardia

      Te presentas en el juzgado de guardia de Alicante o del partido judicial donde te pararon, como Elche o Benidorm, y allí declaras como investigado acompañado de tu abogado, que es obligatorio en este procedimiento. El fiscal presenta su escrito con la pena que pide, y a partir de ahí se abren dos caminos, aceptar esa pena con una rebaja o no aceptarla y que el caso se juzgue más adelante ante un juzgado de lo penal. Si quieres entender el procedimiento completo, paso a paso, lo tienes en nuestra guía sobre el juicio rápido en Alicante.

      La conformidad y la rebaja de un tercio: cuándo te conviene y cuándo no

      Si aceptas los hechos y la pena en el juzgado de guardia, lo que se llama conformidad, la ley te concede una reducción de un tercio de la pena, y esa rebaja se aplica también a la retirada del carnet. Cuando la tasa es alta, el etilómetro estaba en regla y el atestado no tiene fisuras, la conformidad suele ser la opción más sensata, porque reduce la condena y cierra el asunto ese mismo día.

      Lo que no conviene es aceptarla por inercia o porque te digan en el pasillo que es lo que hace todo el mundo, ya que la conformidad es una condena firme y genera antecedentes. Si la tasa está muy cerca del límite, si hubo errores en las pruebas o si el delito se basa solo en síntomas mal descritos, puede merecer la pena no conformarse y defender el caso en juicio, y esa decisión es la que tomamos contigo después de leer el atestado, no antes.

      Qué revisamos en un caso de alcoholemia

      Antes de decirte si hay margen de defensa, leemos el atestado entero y comprobamos punto por punto los aspectos que con más frecuencia cambian el resultado de un caso:

      • El etilómetro: que esté homologado y tenga la verificación periódica en vigor, porque un aparato fuera de plazo pone en duda la medición.
      • El tiempo entre pruebas: que entre la primera y la segunda medición pasaran al menos los 10 minutos que exige la norma.
      • El margen de error: cuando la tasa queda muy cerca de 0,60 mg/l, el margen de error que admite la normativa sobre estos aparatos puede dejar el resultado por debajo del límite penal.
      • La información de tus derechos: que te informaran del derecho a la prueba de contraste y de tus derechos como investigado.
      • La diligencia de síntomas: que lo que describe el atestado sea concreto y coherente con el resto de pruebas, sobre todo cuando la acusación se basa en la influencia del alcohol y no solo en la tasa.

      Conviene ser claros en una cosa, porque es una duda frecuente, y es que los controles preventivos sin motivo aparente son legales, así que el hecho de que te pararan sin haber cometido ninguna infracción no anula por sí solo el procedimiento.

      Situaciones que vemos a menudo

      Cada caso tiene sus matices, pero estas son las situaciones que más se repiten entre las personas que nos llaman después de un control en la provincia de Alicante.

      Primera vez y una tasa poco por encima del límite penal

      Es la situación más habitual y también la que más se presta a revisar las pruebas con lupa, porque una tasa de 0,62 o 0,65 mg/l puede quedar por debajo del límite penal si se aplica correctamente el margen de error del etilómetro. Si no hay recorrido por ese lado, una conformidad bien negociada en una primera alcoholemia suele terminar con multa o trabajos y una retirada del carnet ajustada al mínimo.

      Alcoholemia con accidente: lesiones y el seguro que reclama

      Cuando hay un accidente, el caso deja de ser solo una alcoholemia, porque pueden sumarse delitos de lesiones o daños por imprudencia y, en la práctica, es frecuente que se tramite por el procedimiento ordinario y no como juicio rápido. Además, tu seguro indemnizará a los perjudicados, pero la ley le permite después reclamarte a ti lo que haya pagado si conducías bajo los efectos del alcohol, y esa reclamación puede ser más dura que la propia condena.

      Ya te habían sancionado antes por alcohol

      Si tienes una condena anterior por un delito de la misma naturaleza que todavía no se ha cancelado, puede aplicarse la agravante de reincidencia, y las penas se mueven hacia la parte alta. Las sanciones administrativas anteriores no cuentan como reincidencia penal, aunque sí suben la multa si fueron en los últimos doce meses, por lo que es importante revisar tu historial antes de la guardia.

      Necesitas el carnet para trabajar

      Para un repartidor, un comercial o un transportista, la retirada del carnet pesa más que la multa, y en estos casos negociamos con el fiscal pensando en ese dato, buscando que la privación se quede cerca del mínimo y, sobre todo, por debajo de los dos años para que el permiso no pierda su vigencia. No siempre es posible, y si no lo es te lo diremos con la misma claridad con la que te explicamos lo demás.

      Cómo llevamos tu caso desde la primera llamada

      Sabemos que quien nos llama por una alcoholemia suele tener la citación para dentro de dos o tres días, y por eso respondemos rápido, también por WhatsApp y fuera del horario habitual, que es cuando de verdad surgen las dudas. Revisamos el atestado y la citación antes de la guardia, te explicamos qué pena es razonable esperar en tu caso y te decimos sin rodeos si creemos que conviene aceptar la conformidad o defender el caso en juicio, aunque la respuesta no sea la que te gustaría oír.

      Llevamos 8 años trabajando en los juzgados de Alicante, con un 92% de casos ganados de los que han llegado a juicio, y te atiende siempre el mismo abogado, sin pasar tu expediente de mano en mano. Antes de empezar te damos los honorarios cerrados por escrito, para que sepas lo que vas a pagar desde el primer día, y si quieres conocer cómo trabajamos el resto de asuntos penales, puedes verlo en nuestra página de abogados penalistas en Alicante.

      Preguntas frecuentes

      ¿Puedo ir a la cárcel por dar positivo en alcoholemia?

      La prisión es una de las penas posibles, de 3 a 6 meses, pero en una primera alcoholemia sin accidente lo habitual es que el juez imponga multa o trabajos en beneficio de la comunidad. Si se impone prisión a alguien sin antecedentes, en la mayoría de los casos se suspende y no se llega a ingresar en prisión.

      ¿Cuánto tiempo me quitan el carnet?

      Si la alcoholemia es delito, la retirada es de más de 1 año y hasta 4 años, y con la conformidad en el juicio rápido se reduce en un tercio. Si supera los dos años, el permiso pierde su vigencia y tendrás que hacer un curso y volver a examinarte. Si la alcoholemia es solo una infracción administrativa, no hay retirada, sino la pérdida de 4 o 6 puntos.

      ¿Puedo seguir conduciendo hasta el juicio?

      En general sí, salvo que el juez acuerde la retirada cautelar del permiso, algo que puede ocurrir cuando la tasa es muy alta, hubo un accidente o tienes condenas anteriores. Lo que no puedes hacer es conducir el día del control si los agentes inmovilizan el vehículo.

      ¿Necesito abogado para un juicio rápido por alcoholemia?

      Sí, porque en el juicio rápido la asistencia de abogado es obligatoria, y si no tienes uno el juzgado te asignará uno del turno de oficio. Tener un abogado de tu confianza te permite que revise el atestado antes de la guardia y que la decisión sobre la conformidad se tome con toda la información.

      ¿Cuánto cuesta un abogado de alcoholemia en Alicante?

      Depende de si el caso se cierra con una conformidad en el juzgado de guardia o hay que llegar a juicio, y por eso te damos el precio cerrado por escrito antes de empezar, sin sorpresas después. La primera consulta es gratis y en ella te decimos qué opciones tienes y cuánto costaría cada una.

      ¿Se puede recurrir una multa administrativa de alcoholemia?

      Sí, presentando alegaciones ante Tráfico en el plazo que figura en la denuncia, aunque solo tiene sentido si hay defectos en el procedimiento o en las pruebas, como un etilómetro sin verificar o una tasa dentro del margen de error. Si pagas en plazo voluntario la multa se reduce a la mitad, pero renuncias a recurrir y los puntos se pierden igualmente.

      ¿Te han citado por una alcoholemia? Cuéntanos qué pone en la citación y en el atestado, y te decimos qué puedes esperar antes de que tengas que decidir nada en el juzgado de guardia. Respondemos también por WhatsApp y fuera de horario. Primera consulta gratis. Teléfono: 623 752 498 · Cuéntanos tu caso

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