Revisas el movimiento de tu cuenta y aparece un cargo que no reconoces, hecho con tu tarjeta pero sin que tú hayas comprado nada, y la primera duda que surge es si ese dinero se pierde sin más o si tienes derecho a reclamarlo, porque nadie te ha explicado con claridad qué obligación tiene realmente el banco en estos casos.

Un fraude con tarjeta no presencial tiene un régimen legal propio, distinto al de otras estafas bancarias, y entender ese régimen es lo que marca la diferencia entre recuperar el dinero o quedarte sin él por no haber reclamado de la forma y en el plazo correctos.

Te explicamos qué es exactamente este tipo de fraude, cómo suele producirse, qué hacer nada más detectarlo, cuándo tiene el banco la obligación de devolver el dinero y qué pasos seguir si se niega a hacerlo.

Qué es un fraude de tarjeta no presencial

Un fraude de tarjeta no presencial ocurre cuando alguien realiza un pago usando los datos de tu tarjeta sin que la tarjeta física esté presente en el momento de la operación, algo habitual en compras online, pagos telefónicos o suscripciones digitales, donde solo se necesita el número, la fecha de caducidad y el código de seguridad.

Este supuesto es distinto del phishing bancario, aunque a veces se confundan porque ambos terminan con un cargo no autorizado en la cuenta. En el phishing, la víctima entrega sus datos o credenciales de forma directa, normalmente engañada por un mensaje o una web falsa que suplanta al banco. En el fraude de tarjeta no presencial, en cambio, el titular no ha sido necesariamente engañado en el momento del cargo: sus datos han podido obtenerse por otras vías, como una filtración en un comercio o plataforma, y usarse después sin su conocimiento. Si tu situación empezó con un mensaje, una llamada o una web que suplantaba a tu banco, te interesa más nuestra guía sobre phishing bancario en Alicante, porque el origen del fraude y la forma de acreditarlo son distintos.

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    Cómo suelen producirse este tipo de fraudes

    Clonación de datos de la tarjeta

    Los datos de la tarjeta pueden copiarse sin que el titular llegue a perder de vista la tarjeta física en ningún momento, a través de dispositivos instalados en cajeros o datáfonos manipulados, o mediante software malicioso que captura la información en el momento del pago.

    Filtración de datos en comercios o plataformas

    Cada vez es más frecuente que el origen del fraude no esté en el titular de la tarjeta, sino en una brecha de seguridad de un comercio online o una plataforma de pago donde se había realizado una compra legítima meses o incluso años antes, y cuyos datos quedaron comprometidos sin que el usuario lo supiera.

    Compras con tarjeta robada o extraviada

    También puede producirse cuando la tarjeta física se ha perdido o ha sido sustraída, y quien la encuentra realiza compras no presenciales aprovechando que muchos comercios online no exigen verificación adicional más allá de los datos impresos en la propia tarjeta.

    Qué hacer nada más detectar el cargo fraudulento

    Actuar rápido es determinante tanto para limitar el daño como para reforzar la reclamación posterior, así que conviene seguir un orden claro nada más detectar el cargo sospechoso.

    Bloquea la tarjeta de inmediato a través de la app del banco o llamando al teléfono de atención habilitado para incidencias, porque cada minuto que pasa es una oportunidad para que se repitan más cargos con los mismos datos comprometidos. Comunica el fraude formalmente a tu entidad, dejando constancia por escrito de la fecha y el contenido de esa comunicación, ya que el plazo para reclamar empieza a contar desde que tienes conocimiento de la operación no autorizada. Guarda cualquier prueba disponible, como capturas de pantalla del movimiento, notificaciones de la app o correos relacionados con la operación, porque esa documentación será clave si el banco no atiende la reclamación por la vía interna. Y presenta denuncia ante la Policía o la Guardia Civil, porque aunque no siempre es un requisito imprescindible para reclamar al banco, refuerza notablemente la solidez de tu posición.

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      Quién responde del fraude: cuándo paga el banco y cuándo no

      La normativa de servicios de pago y la autenticación reforzada

      La normativa de servicios de pago aplicable en España, alineada con la directiva europea PSD2, exige a las entidades bancarias aplicar mecanismos de autenticación reforzada en las operaciones de pago electrónico, combinando al menos dos de tres factores: algo que el titular sabe, algo que tiene y algo que es.

      Cuando una operación fraudulenta se ejecuta sin que se haya aplicado correctamente esa autenticación reforzada, la responsabilidad tiende a recaer sobre el banco, porque el sistema de seguridad exigido por ley no ha funcionado como debía.

      Cuándo el banco tiene que devolver el dinero

      Como regla general, el banco tiene la obligación de devolver de forma inmediata el importe de una operación de pago no autorizada, salvo que existan indicios razonables de fraude por parte del titular o que se demuestre negligencia grave en la custodia de sus credenciales de seguridad.

      Cuándo puede negarse: negligencia grave del titular

      El banco puede negarse a devolver el dinero cuando puede acreditar que el titular actuó con negligencia grave, por ejemplo compartiendo voluntariamente su clave de acceso o el código de un SMS de verificación con un tercero, algo muy distinto de haber sido víctima de una filtración de datos ajena a cualquier descuido por su parte.

      Qué hacer si el banco se niega a devolver el dinero

      Si tras la reclamación inicial el banco rechaza devolver el importe, el siguiente paso es presentar una reclamación formal por escrito ante el Servicio de Atención al Cliente de la entidad, que está obligado a responder dentro de un plazo determinado y de forma motivada.

      Si esa respuesta sigue siendo negativa o no llega en plazo, se puede elevar la reclamación al Banco de España, a través de su servicio de reclamaciones, que revisa si la entidad ha actuado conforme a la normativa aplicable, aunque su resolución no es vinculante para el banco.

      Cuando ninguna de estas vías resuelve la situación, queda abierta la vía judicial, donde se puede reclamar la devolución del importe junto con los intereses correspondientes, y donde la documentación reunida desde el primer momento del fraude resulta determinante para el resultado del procedimiento.

      Plazos para reclamar un cargo fraudulento

      Cuanto antes se comunique el fraude al banco, más fuerte es la posición para reclamar, porque notificar con retraso puede interpretarse como falta de diligencia por parte del titular, incluso cuando el origen del fraude no tiene nada que ver con su comportamiento.

      La reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de la entidad y, en su caso, ante el Banco de España, tiene también plazos concretos que conviene respetar sin margen de error, porque dejarlos vencer sin actuar reduce de forma significativa las opciones disponibles más adelante.

      Errores frecuentes que debilitan la reclamación

      Tardar varios días o semanas en comunicar el cargo fraudulento, muchas veces porque no se revisan los movimientos bancarios con regularidad, es uno de los errores que más perjudica después a la reclamación, porque el banco puede alegar falta de diligencia en la detección.

      No guardar constancia por escrito de la comunicación inicial al banco, limitándose a una llamada telefónica sin ningún tipo de registro, también complica mucho acreditar después cuándo se produjo esa primera notificación y qué se dijo exactamente en ese momento.

      Aceptar sin más una primera negativa del banco sin presentar la reclamación formal por escrito, cuando en muchos casos esa respuesta inicial cambia al elevar la reclamación al Servicio de Atención al Cliente o al Banco de España, hace que muchas víctimas de fraude renuncien a un dinero que sí tenían derecho a recuperar.

      Y no denunciar el fraude ante la Policía o la Guardia Civil, pensando que basta con avisar al banco, resta fuerza a la reclamación en aquellos casos donde después es necesario acudir a la vía judicial.

      Preguntas frecuentes sobre el fraude de tarjeta no presencial en Alicante

      ¿El banco siempre tiene que devolverme el dinero de un cargo fraudulento?

      No siempre. La regla general es que el banco debe devolver el importe de una operación no autorizada, salvo que pueda acreditar negligencia grave del titular, como haber compartido voluntariamente sus claves o códigos de seguridad con un tercero.

      ¿Qué diferencia hay entre este fraude y el phishing bancario?

      En el phishing, la víctima entrega sus datos de forma directa, normalmente engañada por un mensaje o una web falsa. En el fraude de tarjeta no presencial, el titular no ha sido necesariamente engañado en ese momento, y sus datos pueden haberse obtenido por otras vías, como una filtración en un comercio online.

      ¿Es obligatorio denunciar el fraude ante la Policía para reclamar al banco?

      No es un requisito imprescindible en todos los casos, pero refuerza notablemente la reclamación, especialmente si más adelante es necesario acudir a la vía judicial porque el banco se niega a devolver el dinero.

      ¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un cargo fraudulento?

      Cuanto antes se notifique el fraude, más fuerte es la posición para reclamar, porque el retraso en la comunicación puede interpretarse como falta de diligencia. Conviene actuar de inmediato en cuanto se detecta la operación no reconocida.

      ¿Qué pasa si el fraude se repite varias veces con la misma tarjeta?

      Cada operación fraudulenta puede reclamarse de forma independiente, aunque si se repiten varios cargos conviene revisar también si hay negligencia por parte del banco en no haber bloqueado la tarjeta tras la primera notificación de fraude.

      ¿Cuánto cuesta un abogado para reclamar un fraude bancario?

      El coste depende de si la reclamación se resuelve en vía interna, ante el Banco de España o requiere procedimiento judicial, y en Bagavi trabajamos con honorarios cerrados desde el primer día, sin sorpresas durante el proceso.

      Si has detectado un cargo fraudulento con tu tarjeta y el banco no responde como debería, cuéntanos qué ha pasado. Revisamos tu caso y te decimos con claridad qué opciones tienes, sin coste en la primera consulta.

      Solicita tu primera consulta gratis 623 752 498 | info@bagaviabogados.com | WhatsApp disponible

      Gestionamos reclamaciones de derecho bancario en Alicante y en toda España. Consulta también nuestra página de Abogados de Derecho Bancario en Alicante si necesitas asesoramiento sobre otro tipo de reclamación.

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